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¿Que hacer con el aeropuerto?
 
HUERTOS URBANOS PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrator   
Lunes, 18 de Julio de 2011 21:45
Anillo Verde VitoriaHorticultura ecológica de ocioEsta actividad tiene dos funciones principales, por un lado, ocupar el tiempo libre de forma sana y cercana a la naturaleza, y por otro, dar a conocer y fomentar la agricultura ecológica la actividad consistirá en dos cursos teórico-prácticos de horticultura ecológica.Huertos ecológicos de ocio para mayoresSi tienes más de 55 años y te gusta disfrutar de tu tiempo de ocio al aire libre, ahora tienes la oportunidad de aprender a cultivar un huerto de forma ecológica y producir tus propias hortalizas y flores. Aprenderás, de manera muy práctica y sencilla, las técnicas elementales necesarias para cultivar tu huerto de forma sostenible y respetuosa con el medio ambiente.Una vez finalizado el curso, los participantes que lo deseen podrán solicitar la cesión de una parcela para practicar en ella la horticultura ecológica. La parcela se cede por un año prorrogable anualmente hasta un máximo de 5 años.
  • Destinatarios: Personas mayores de 55 años
  • Duración: Del 3/4 de mayo al 9 de julio de 2010 (60 horas)
  • Horario (2 opciones):
    • Lunes, miércoles y viernes de 18:30 a 20:30 en las Huertas de Urarte 
    • Martes, jueves y viernes de 11:30 a 13:30 en las Huertas de Olarizu
  • Plazas: 17 plazas en cada uno de los horarios ofertados
  • Plazo de inscripción: Del 1 al 12 de marzo de 2010
Huertas ecológicas: tu lugar de encuentroSi te has planteado contar con un espacio en el que tus familiares y amistades puedan compartir contigo el tiempo libre de una forma sana y fructífera, ahora tienes la ocasión de unirte al grupo de personas que disfrutan de una huerta ecológica en la que hacer crecer tus propias hortalizas y plantas útiles. Tras un periodo de aprendizaje práctico podrás contar con una parcela en la que compartir con tus personas allegadas las alegrías y frutos de la labor hortícola ecológica.
  • Destinatarios: Personas mayores de 18 años y menores de 55
  • Duración: Del 3/4 de mayo al 9 de julio de 2010 (60 horas)
  • Horario (2 opciones):
    • Lunes, miércoles y viernes de 09:00 a 11:00 en las Huertas de Olarizu 
    • Martes, jueves y viernes de 16:00 a 18:00 en las Huertas de Urarte
  • Plazas: 17 plazas en cada uno de los horarios ofertados
  • Plazo de inscripción: Del 1 al 12 de marzo de 2010
Inscripción web: Web municipal    Normas de usoCONDICIONES DE LA CESIÓN DE USO DE LOS HUERTOS DE OCIO  1 - La parcela objeto de cesión temporal es propiedad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y su uso se concede por autorización expresa del mismo durante un año, prorrogable hasta un máximo de 5 años. 2 - Las prórrogas serán concedidas a iniciativa del ayuntamiento y a solicitud de los/as  interesados/as, siempre que no se haya producido incumplimiento de las normas contenidas en este documento. 3 - El huerto será asignado a un/a único/a titular que no podrá cederlo ni traspasarlo, y que será el/la único/a responsable de la misma, de sus usos y de los productos que en él se apliquen. 4 - El fallecimiento del titular o la incapacidad física o psíquica permanente del/a usuario/a para participar en las tareas propias de la actividad dará lugar a la rescisión de la cesión de uso de la parcela. 5 - El Ayuntamiento se reserva el derecho a realizar futuros cambios en la organización y la distribución de las parcelas, así como a modificar su superficie. En este caso los/as cesionarios/as no tendrán derecho a indemnización alguna. Tampoco tendrán derecho a recibir indemnización alguna (por las huertas objeto de la cesión o por los productos que en las mismas se cosechen) por las modificaciones que sufran las parcelas asignadas o por su clausura. 6 - El/la usuario/a no podrá modificar la estructura de la parcela, cultivar u ocupar terrenos ni parcelas mas allá de la que se le ha sido designada, o delimitarla con muros, maderas, plásticos, etc. 7 - En las taquillas individuales solamente se autoriza guardar herramientas u otros elementos que sean de procedencia estrictamente personal. En situaciones que así lo requieran el Ayuntamiento se reserva el derecho de hacer inspecciones periódicas de las taquillas. 8 - Es obligación del titular mantener limpios de piedras, maderas, vegetación, residuos o tierra los pasillos colindantes a su parcela, así como el cuidado (riegos y escardas) de las jardineras ornamentales colindantes, si las hubiere. Asimismo deberá impedirse que la parte aérea de los setos o cultivos situados en las lindes del huerto sobresalgan hacia el exterior del mismo, a fin de evitar la invasión de zonas comunes, huertos vecinos o caminos. 9 - El uso de la parcela será exclusivo para el cultivo hortícola o floral practicado de forma ecológica, estando expresamente prohibido el uso de productos herbicidas, plaguicidas y abonos químicos no autorizados por la legislación vigente en materia de Agricultura Ecológica. 10 - El/la adjudicatario/a se compromete a utilizar o bien su propia semilla, o bien planta o semilla de procedencia ecológica, quedando expresamente prohibida la utilización de semillas transgénicas. 11 - La utilización o aplicación de cualquier tipo de producto fitosanitario comercial deberá ser autorizada con anterioridad por el organismo gestor de la actividad. 12 - No está autorizado el empleo de trampas o métodos de captura no selectivos para  la fauna, así como la colocación de cebos que incluyan o no sustancias venenosas. 13 - No se permitirá el cultivo en el huerto de especies arbóreas, así como ubicar estructuras permanentes tales como casetas, invernaderos, composteras, sistemas de riego, bancos o cajas de aperos, ni en superficie ni enterradas, sin la previa autorización del organismo gestor de la actividad. 14 - No esta permitida la acumulación o abandono de cualquier material ajeno a la función del huerto susceptible de alterar la estética del lugar. 15 - No está permitido el uso de mangueras; ni para el riego de la parcela, ni para abastecer sistemas de riego alternativos. 16 - Los productos cultivados deberán tener una finalidad de autoconsumo, no estando permitida su venta. 17 - La presencia o tenencia de animales en los huertos se regirá por la normativa municipal. 18 - Los/las adjudicatarios/as se atendrán a los horarios de apertura y cierre de las instalaciones fijados por el Organismo responsable de la actividad. 19 - Solo se permitirá la presencia de terceros si van acompañados por el/la titular de la parcela. Excepcionalmente los/las usuarios/as podrán autorizar el acceso a su parcela de un tercero por un periodo máximo anual de 60 días naturales, ampliables por causa médica debidamente justificada. La persona autorizada deberá llevar visible la oportuna acreditación facilitada por el centro gestor. 20 -  Al finalizar el período de cesión cada participante deberá dejar su huerto limpio y vacío. 21 - El/la usuario/a deberá mantener la parcela cultivada. Una huerta se considerará en situación de abandono cuando sea evidente la falta de cuidados de los cultivos implantados, o bien el 50% de la superficie se encuentre ocupada por hierbas silvestres o bien la abundancia de plagas o parásitos supongan un riesgo para la salud de los cultivos de las parcelas colindantes. Cuando una huerta esté en situación de abandono, el/la usuario/a, una vez avisado/a, dispondrá de siete días naturales para el acondicionamiento de la misma. De lo contrario se procederá a su desbroce, sin que el/la usuario/a tenga derecho a reclamación alguna. Dos periodos de abandono en un año darán lugar a la rescisión de la cesión de la parcela 22 - Los/as adjudicatarios/as se comprometen a reparar o reponer aquellos bienes o utensilios que resulten dañados, destruidos o extraviados por el uso inadecuado de los mismos. Asimismo se comprometen a la limpieza de la herramienta después de su uso. 23 - Los/as adjudicatarios/as se comprometen a respetar las indicaciones que los/las responsables de la actividad establezcan en relación con el uso del agua de las albercas, los abonos, las herramientas y en general, de cualquier elemento que se les facilite. 24 - Los/las adjudicatarios/as se comprometen a gestionar los residuos orgánicos producidos en su parcela, bien instalando una compostera, bien realizando compostaje en superficie, quedando expresamente prohibido quemarlos, depositarlos en las papeleras, los contenedores de residuos, los huertos vecinos o en la zona de compostaje de Las Huertas. 25 - Los/as adjudicatarios/as se comprometen a mantener un comportamiento cívico adecuado, y a seguir las indicaciones que les den los/las responsables de la actividad, para mantener el orden y asegurar el buen funcionamiento de los huertos. 26 - El Ayuntamiento no se hará responsable de los hurtos, robos o actos vandálicos que puedan afectar a los huertos. 27 - El ayuntamiento no se hará responsable de los daños que puedan sufrir las huertas debido a fenómenos meteorológicos adversos tales como granizadas o inundaciones. 28 - El Ayuntamiento queda exento de responsabilidad por los daños que pudieran sufrir o causar los/as usuarios/as derivados de la actividad, así como los daños que pudieran causar a terceras personas. 29 - El Ayuntamiento podrá rescindir la cesión del uso de la parcela por incumplimiento de alguna de las normas anteriores o las que se deriven de las mismas. 30 - Una vez comunicada la rescisión de la cesión del uso de la parcela, el/la usuario/a dispondrá de 7 días naturales para retirar los cultivos y las instalaciones que pudieran existir. Una vez cumplido el plazo, el órgano gestor procederá a la limpieza de la parcela, sin que el usuario tenga derecho a reclamación alguna.  
 
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