2 abril 201500:13
La Asociación de Consumidores y Usuarios del Bidasoa (Acubi) ha atendido, en el primer trimestre del año, 444 consultas y 52 reclamaciones. El volumen de atenciones es alto, «aunque esto es algo habitual en los primeros meses del año, ya que se producen muchas renovaciones de contratos», dice la secretaria de Acubi, Belén Martínez. Del total de consultas recibidas, 390 han sido realizadas en Irun y 54, en Hondarribia.
Las dudas o problemas derivados del alquiler de viviendas encabezan la lista de consultas (139), seguidos por los temas relacionados con las comunidades de vecinos (129). Los servicios de telefonía móvil (27), los seguros (26) y la distribución de energía eléctrica (24) han generado, también, un número importante de atenciones.
«Desde junio del año pasado, tenemos una modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos», explica Belén Martínez. «Los contratos de un año, ahora se prorrogan a tres años, en lugar de a cinco como se hacía antes. Anteriormente, cuando acababa el periodo de cinco años, podíamos prorrogar el contrato por tres años más y estar hasta ocho en la vivienda. Ahora, después de los tres años, se puede prorrogar por un año más y podemos estar cuatro. A comienzos de año, siempre nos encontramos con muchas renovaciones de contratos, que generan dudas y consultas. También seguimos atendiendo problemas de impagos de rentas por la crisis, igual que de comunidades con vecinos morosos. Les asesoramos para presentar las reclamaciones».
En las consultas relacionadas con la distrbución de energía eléctrica, Acubi se ha encontrado con algunos casos de personas que han firmado contratos en la puerta de su casa, sin leer la letra pequeña. «Hay que recordar que antes había un plazo de siete días para el desestimiento del contrato y ahora hay un plazo de 14 días», añade Belén Martínez. «El desestimiento no debe hacerse a través del teléfono, porque no hay ninguna prueba, sino de forma fehaciente, por burofax o por fax con constancia de envío, introduciendo la fotocopia del DNI por las dos caras y el documeto de desestimiento del contrato».