El jurado declara al agresor de Yasmín culpable de asesinato |
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Ostirala, 2012(e)ko otsaila(r)en 03-(e)an 08:39etan |
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Noticia publicada en el Diario Vasco sección Gipuzkoa , el viernes día 3 de Febrero de 2012.
VIOLENCIA MACHISTA EL TRIBUNAL LE CONSIDERA AUTOR DE TODOS LOS DELITOS QUE SE LE IMPUTABAN. NO APRECIÓ NINGUNA DE LAS ATENUANTES QUE LA DEFENSA DEL ACUSADO HABÍA PLANTEADO
La hermana, la madre y la hija de Yasmín estuvieron presentes en la sala cuando el jurado dio a conocer el fallo de culpabilidad. :: PEÑALBA
El acusado, cabizbajo tras conocer el veredicto. :: PEÑALBA Culpable de todos los cargos. El jurado hizo público ayer su veredicto. Y no hubo sorpresas. El tribunal declaró al agresor de Yasmín Rodríguez responsable de dos delitos de asesinato, uno consumado y otro en grado de tentativa en la persona de Juan Pablo Urtizberea, el vecino de Irun que acudió en auxilio de la víctima y resultó herido. Concluyó asimismo que el procesado cometió tres delitos más: uno de coacciones contra Yasmín, otro de lesiones sobre la amiga que la noche del suceso acompañaba a la fallecida y el último contra la seguridad vial por conducir de forma temeraria y embestir con su coche contra el de la víctima. Tras conocer el fallo, la Fiscalía solicitó penas que suman 45 años de cárcel. El veredicto fue demoledor para el acusado. La tesis que la Fiscalía y las restantes acusaciones personadas en el proceso han defendido a lo largo de las dos semanas que ha durado la vista fueron aceptadas en su totalidad por el jurado. Tras cerca de diez horas de debate, los nueve miembros del tribunal dieron a conocer a las tres de la tarde de ayer el resultado de su deliberación. El portavoz dio lectura en público al documento que condenaba a Edward Enrique Sanclemente. Este escuchó las palabras cabizbajo y con un incontrolado temblor en las piernas. El jurado concluyó que Yasmín Rodríguez venía siendo objeto de un continuo acoso por parte del procesado. Víctima y agresor, ambos de nacionalidad colombiana, habían contraído matrimonio en 2003, si bien cuatro años más tarde se separaron. La ruptura hizo que Yasmín, junto a su hija Angie, de 18 años, fruto de una relación anterior, se fuera a vivir a casa de una hermana suya que reside también en Irun. En los últimos meses, sin embargo, la pareja había retomado la relación. Se había dado una nueva oportunidad. Acoso continuo El jurado concluyó que a pesar de esta vuelta a la convivencia, Edward Enrique Sanclemente sometía a la mujer a un continuo acoso, con llamadas y mensajes al móvil a horas incluso intempestivas, y también mediante seguimientos. El tribunal popular recordó en su veredicto que la noche del suceso, Yasmín celebraba la despedida de un compañero de trabajo del hotel Ibis cuando al aproximarse a un céntrico pub de Irun se encontró con el acusado, que esperaba su llegada. Detalló que ambos protagonizaron un incidente y que cuando Yasmín se marchó, el acusado, en presencia de una amiga de la fallecida, amenazó con matarla. Tras este incidente, la víctima continuó en la fiesta y sobre las tres y media regresó con su amiga Inés al hotel para recoger el coche que había dejado en el parking. Fue de vuelta a casa cuando se produjo el ataque. El jurado dio por probado que Edward Enrique Sanclemente embistió por dos veces con su vehículo el Opel Corsa de la víctima. Tras el segundo impacto, la fallecida salió del automóvil y se dirigió al acusado. Este había hecho lo propio y armado con un cuchillo se lo clavó en el cuello. El jurado no tuvo dudas en señalar que el ataque fue inesperado y se produjo de manera sorpresiva. Indicó, además, que le asestó la cuchillada cuando la víctima se hallaba aún aturdida por el golpe del coche y destacó que cuando recibió el impacto del arma blanca se encontraba en un plano inferior al acusado. «No tuvo opción de defensa», dijo el miembro del jurado. Incompatible con la vida El jurado estimó, por siete votos a favor y dos en contra, que la agresión a Juan Pablo Urtizberea fue «súbita e inesperada» y que las lesiones que sufrió el vecino de Irun eran incompatibles con la vida. Recordó el portavoz que si no hubiese recibido asistencia sanitaria, habría fallecido. El tribunal popular no apreció ninguna de las atenuantes que la defensa había planteado y sí la agravante de parentesco. Consideró que en el momento de los hechos Edward Enrique Sanclemente era plenamente consciente de lo que hacía y , en consecuencia, no se hallaba bajo los efectos del alcohol. Negó asimismo que hubiese actuado en un estado de obcecación o arrebato y rechazó de igual modo la atenuante de confesión, al estimar que cuando el procesado reconoció ser el autor de los hechos, la Policía ya sabía que era él. Tras la lectura del veredicto, la magistrada que ha presidido el caso convocó una vistilla en la que las partes adecuaron el fallo a sus solicitudes de penas. La Fiscalía, la abogada del Estado y la representación de Urtizberea pidieron una condena de 45 años de cárcel, mientras que la letrada que defiende los intereses de la hija de Yasmín solicitó 45 años y medio, y la de su madre 45 años y cuatro meses. Además, la representante del ministerio público demandó que el acusado indemnice con 20.000 euros a la hija de Yasmín, con 12.000 a Urtizberea y con 9.000 más a la madre de la fallecida. La defensa reclamó la aplicación de las penas en su grado más bajo en los delitos imputados a su cliente. La magistrada del tribunal debe ahora redactar la sentencia e imponer la pena de prisión que estime conforme al veredicto emitido por el jurado. |
El jurado del 'caso Yasmín' encuentra a su marido culpable de asesinato |
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Ostirala, 2012(e)ko otsaila(r)en 03-(e)an 08:31etan |
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Noticia publicada en Diario Noticias de Gipuzkoa sección Sociedad, el viernes día 3 de Febrero de 2012.
SOCIEDAD El jurado del 'caso Yasmín' encuentra a su marido culpable de asesinato LE HALLA RESPONSABLE DE LA MUERTE DE SU MUJER Y DEL INTENTO DE MATAR A URTIZBEREA El jurado ha asumido plenamente las tesis mantenidas por la Fiscalía, que pide 45 años, desde el inicio del juicio EFE - Viernes, 3 de Febrero de 2012 - Actualizado a las 05:27h (EFE/javier etxezarreta) DONOSTIA. El ciudadano colombiano acusado de matar a su esposa Yasmín Rodríguez en mayo de 2009 en Irun y de intentar acabar con la vida de Juan Pablo Urtizberea cuando terció para evitar el crimen fue encontrado ayer culpable de dos delitos de asesinato, uno de ellos en grado de tentativa, por el jurado del caso. El portavoz del jurado leyó a primera hora de esta tarde el objeto del veredicto ante el procesado, la presidenta del tribunal y las distintas partes personadas, entre las que, además de la Fiscalía y la defensa, se encontraban las acusaciones particulares que han ejercido por separado la madre de Yasmín, su hija y Juan Pablo Urtizberea, así como el abogado del Estado, en representación de varias instituciones. Además de los delitos de asesinato y tentativa de asesinato, el jurado también ha considerado al procesado responsable de sendos delitos de coacciones, amenazas, lesiones y contra la seguridad del tráfico. Ha aplicado asimismo al imputado la agravante de parentesco respecto a los delitos cometidos contra Yasmín, y ha rechazado las atenuantes de arrebato, embriaguez y de confesión que había demandado la defensa, con lo que el jurado ha asumido plenamente las tesis mantenidas por la fiscal desde el inicio del juicio. CABIZBAJO Una vez conocido el veredicto, el acusado, que había permanecido tranquilo e inalterable durante la mayor parte de las sesiones de la vista celebrada durante semana y media en la Audiencia de Gipuzkoa, se mostró visiblemente abatido y cabizbajo, mientras movía continuamente una pierna de forma nerviosa. Tras disolver al jurado, la presidenta del tribunal convocó una vistilla en la que las partes adecuaron al veredicto sus solicitudes de penas, que la Fiscalía, la abogada del Estado y la representación de Urtizberea fijaron en los 45 años, mientras que la letrada de la hija de Yasmín demandó 45 años y medio, y la de su madre, 45 años y 4 meses. Todas estas partes pidieron, asimismo, que se prive al encausado del permiso de conducir durante seis años, y demandaron distintas compensaciones económicas para los perjudicados. Durante su intervención, la fiscal justificó la dureza de las penas reclamadas para el asesino por su "gran frialdad" en la elaboración mental y comisión de los delitos, entre otros argumentos. Los letrados de la defensa reclamaron, por su parte, la aplicación de las penas en su grado más bajo en todos los delitos imputados a su cliente. Los hechos enjuiciados ocurrieron la noche del 8 al 9 de mayo de 2009, cuando el procesado, que desde días atrás ejercía un control y coacciones sobre Yasmín, con la que intentaba regresar tras su separación, se encontró con su víctima en las proximidades de un bar de Irun y la amenazó de muerte a través de una amiga junto a la que la fallecida participaba en la cena de despedida. SÚBITAMENTE Unas horas después, el imputado embistió con su coche en dos ocasiones el turismo en el que viajaban Yasmín y su amiga, tras lo que, aprovechando el aturdimiento de su esposa, que se había apeado del vehículo para intentar hablar con él, le asestó de forma súbita y sorpresiva una puñalada en el cuello. En ese momento pasó por el lugar en moto Juan Pablo Urtizberea, que, atendiendo a los llamamientos de auxilio que le hizo la amiga de Yasmín, intentó terciar en la creencia de que se estaba produciendo una pelea por una discusión de tráfico e intentó retirar al agresor que se encontraba sobre Yasmín, momento en el que el acusado inopinadamente le provocó sendas heridas de extrema gravedad en la espalda y el abdomen que casi le cuestan la vida. Tras esta última sesión, el juicio quedó ayer visto para sentencia, que la magistrada dará a conocer en fechas próximas. |
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La Mancomunidad de Txingudi y el diputado de Mediambiente hablarán sobre GHK |
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Osteguna, 2012(e)ko otsaila(r)en 02-(e)an 23:55etan |
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Noticia publicada en Diario Vasco sección Bidasoa, el jueves día 12 de Febrero de 2012.
Sobre la sentencia del Tribunal Supremo en el sentido de que la incorporación de la Mancomunidad de Servicios de Txingudi al Consorcio de Residuos de Gipuzkoa (GHK) no se ajustó a la Ley, el alcalde de Irun y presidente de la Mancomunidad de Servicios de Txingudi, José Antonio Santano, ha asegurado que “se trata de un tema complejo que los servicios jurídicos están valorando”. En cualquier caso, Santano ha anunciado que la semana que viene, junto a su homólogo de Hondarribia y vicepresidente de la Mancomunidad, Aitor Kerejeta, mantendrá una reunión con el diputado foral de Medioambiente, Juan Karlos Alduntzin. “Queremos resolver dos incertidumbres que nos tienen muy preocupados: si Txingudi está dentro o no del Consorcio de Residuos y qué piensa hacer éste con los residuos”, es decir, si contempla o no llevar adelante el actual plan de residuos que incluye la construcción de una incineradora. Santano aseguró que cualquier postura de la Mancomunidad “debemos acordarla entre Irun y Hondarribia, contando con los grupos políticos de los dos Ayuntamientos”. Por eso, en función de la respuesta que reciban de Alduntzin, “puede que tengamos que abrir un proceso de reflexión sobre cómo vamos a gestionar la basura de los ciudadanos de la comarca”. |
El jurado declara culpable al asesino de Yasmín |
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Osteguna, 2012(e)ko otsaila(r)en 02-(e)an 23:50etan |
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Noticia publicada en Diario Vasco sección Gipuzkoa, el jueves día 2 de Febrero de 2012.
ASESINADA EN IRUN EN 2009 EL TRIBUNAL POPULAR LE CONSIDERA RESPONSABLE DE TODOS LOS DELITOS QUE SE LE IMPUTABAN 02.02.12 - 16:00 - JAVIER PEÑALBA | DV. SAN SEBASTIÁN | Foto: Peñalba
El jurado ha declarado al autor de la muerte de Yasmín Rodríguez culpable de todos los delitos que se le imputaban. El tribunal popular ha considerado a Edward Enrique Sanclemente autor de dos delitos de asesinato, uno consumado y otro en grado de tentativa en la persona de Juan Pablo Urtizberea, el vecino de Irun que acudió en auxilio de la víctima. Asimismo, ha llegado a la conclusión de que el procesado cometió tres delitos más: coacciones contra Yasmín, lesiones sobre la amiga que la noche del suceso acompañaba a la fallecida y el último contra la seguridad vial por conducir de forma temeraria y embestir con su coche al de la víctima. A la vista de este veredicto, la Fiscalía ha solicitado penas que suman 45 años de cárcel. Las restantes acusaciones han demandado penas similares. La decisión del jurado ha sido acogida con satisfacción por parte de los familiares de Yasmín. «Creo que es un justo veredicto. Ahora debemos esperar a conocer la sentencia», explicó Angie, hija de la víctima. |
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