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Cárcel por causar la muerte de un chaval de 15 años tras un pique con otro coche PDF Imprimir E-mail
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Miércoles, 20 de Febrero de 2019 10:26

Noticia publicada en Diario Vasco,el miércoles día 20 de Febrero de 2019.

Cárcel por causar la muerte de un chaval de 15 años tras un pique con otro coche

Estado en el que quedó el automóvil tras incenciarse después del choque. /Arizmendi
Estado en el que quedó el automóvil tras incenciarse después del choque. / ARIZMENDI

EL ENCAUSADO, DE 18 AÑOS, FUE ADELANTADO POR UN MERCEDES EN GAINTXURIZKETA Y EMPEZÓ A PERSEGUIRLE COMO «UN PILOTO DE CARRERAS»

JAVIER PEÑALBAMiércoles, 20 febrero 2019, 06:26
Un juzgado de San Sebastián ha condenado a tres años y tres meses de prisión a un joven cuya acción temeraria desencadenó un accidente de tráfico en el que perdió la vida un chaval de 15 años, vecino de Irun, y otras cuatro personas sufrieron lesiones de gravedad. El automovilista condenado, que en la fecha de los hechos tenía 18 años, se 'picó' con otro conductor que le había adelantado y emprendió una alocada carrera en su persecución que le llevó a circular a una velocidad de entre 128 y 141 kilómetros por hora en un tramo limitado a 80. Debido a ello, el turismo que conducía impactó contra otro coche para posteriormente incendiarse. Además de la pena de prisión, el juez condena al conductor y a su aseguradora a indemnizar con 228.200 euros a los familiares del joven fallecido y las restantes víctimas del siniestro.
Los hechos, que ahora han sido sentenciados por el Juzgado de lo Penal número 5 de Donostia, tuvieron lugar la madrugada del 15 de agosto de 2014. La resolución, dictada por el magistrado Xabier Aramendi Olasagasti, detalla que sobre la 1.20 horas, el acusado conducía un turismo BMW de su propiedad, «debidamente asegurado» por la carretera GI-636. En el coche viajaban otras cuatro personas de edades comprendidas entre 14 y 18 años que regresaban a Irun tras haber disfrutado de unas horas en las fiestas de la Semana Grande donostiarra.
El texto judicial detalla que al llegar al alto de Gaintxurizketa, el coche del acusado fue adelantado por otro vehículo. Al verse superado, el encausado comenzó a acelerar para darle alcance y llegó a velocidades muy superiores al límite permitido que era de 80 kilómetros por hora, una medida que, según el juez, se justificaba «por la presencia de curvas sucesivas a derecha e izquierda, lo que exigía extremar las precauciones en la conducción».
Al llegar al kilómetro 10, en las cercanías del hotel Urdanibia, el conductor, que en aquel momento «circulaba a una velocidad mínima de entre 128 y 141 kilómetros por hora» y con los neumáticos con «síntomas de vejez» como estrías, grietas y caucho degradado, perdió el control e invadió el carril contrario. En su trayectoria colisionó contra un Alfa Romeo, conducido por un vecino Lasarte-Oria de 46 años, «que circulaba correctamente» en sentido San Sebastián, y «que no tuvo margen de reacción para evitar la colisión», se indica en la sentencia.

Muerte inmediata

A consecuencia del impacto, el joven de 15 años X. J. G., que viajaba en la parte trasera central del vehículo, sufrió «politraumatismo complejo abdominal, que le ocasionó la muerte casi inmediata por shock hipovolémico».
Otra ocupante, de 18 años de edad, que se hallaba en el asiento del copiloto, sufrió lesiones de las que tardó en recuperarse 433 días, de los cuales 281 estuvo impedida para realizar sus tareas habituales y dos hospitalizada. También viajaba en el vehículo un joven de 14 años. Ocupaba la parte trasera derecha y sufrió politraumatismos y contusiones. Necesitó 190 días para restablecerse, 6 de los cuales estuvo hospitalizado y 45 impedido para sus quehaceres normales. Le han quedado diferentes secuelas, entre ellas una cicatriz de abdominal de unos quince centímetros de longitud que le ocasiona un perjuicio estético moderado.
El conductor sentenciado perdió el control del vehículo en una curva y chocó contra otro turismo
En el coche viajaban cinco jóvenes, dos menores,que volvían de la Semana Grande de Donostia
El quinto de los ocupantes del BMW fue un joven de 18 años, que iba en la plaza trasera izquierda. Sufrió politraumatismos así como diferentes fracturas, de las que tardó en curar 263 días, de los que 178 estuvo impedido, y requirió 8 días de hospitalización. Desde entonces padece numerosas secuelas.
Finalmente, el conductor del turismo del Alfa Romeo contra el que colisionaron sufrió un traumatismo craneoencefálico, fractura de rótula izquierda, traumatismo costal, cervicalgia y dorsalgia postraumáticas. La víctima, que ha estado representado en el proceso por el letrado donostiarra Eduardo Bolea, alcanzó la estabilización de sus lesiones, tras recibir tratamiento médico, al cabo de 264 días, de los que 224 estuvo impedido para sus ocupaciones y 2 permaneció hospitalizado.

Ni drogas ni alcohol

La resolución judicial afirma que no se ha probado que el acusado condujese aquella noche bajo la influencia de sustancias estupefacientes, concretamente cannabis, pese a que en el juicio varios de los ocupantes afirmasen haberlo visto fumar «varios porros» y que en una analítica que se le practicó diese positivo a cannabis. No obstante, recuerda el juez que el acusado fue sometido a a pruebas de control de alcohol y drogas y que las mismas fueron negativas. Destaca asimismo que ninguna de las personas que le acompañaba puso de manifiesto que protagonizase una conducción anómala «indicativa de que efectivamente se hallase bajo la influencia de las drogas».

La cifra

128
kilómetros por hora es la velocidad a la que se cree que circulaba el acusado la noche de los hechos, en una zona limitada a 80. La Policía tampoco descarta que fuese a 141.

Sin embargo, el juez concluye que el acusado conducía a una velocidad muy superior a la que se establecía para ese tramo. Sustenta esta consideración, por un lado, en el testimonio de los propios ocupantes. Estos dijeron que tras verse rebasado en la rotonda del alto de Gaintxurizketa por un Mercedes que iba a gran velocidad «su modo de conducir cambió radicalmente» y adoptó «la actitud de un piloto de carreras, acelerando a fondo, siguiendo la trazada, con la mirada puesta en el turismo que le había superado con el evidente propósito de alcanzarlo».

Normas de conducción

El magistrado estima que el acusado «inobservó de un modo flagrante las más elementales normas de cuidado que le eran exigibles en la conducción, máxime si tenemos en cuenta que iba acompañado de otras cuatro personas más, dos de las cuales eran menores de edad». No obstante, el juez considera que el acusado no actuó con la intención de poner peligro la vida de sus acompañantes o del resto de personas que circulaban por la carreteras. «En tal contexto, no podemos confundir la temeridad en la conducción, entendida como inobservancia consciente de las normas de cuidado mínimas que le eran exigibles, con la conciencia de que con ello estaba poniendo en peligro la vida o integridad física de dichas personas aceptando a su vez las posibles consecuencias lesivas», señala el juez. Indica en este sentido que no existe «prueba de cargo suficiente» para considerar que el acusado valoró la probabilidad de que pudiera producirse el siniestro y que pese a ello aceptó conducir del modo en el que lo hizo.
Por todo ello, el magistrado considera al acusado culpable de un delito de «homicidio imprudente» y de cuatro más de lesiones asimismo imprudentes. Le impone tres años y tres meses de cárcel.También le priva del derecho a conducir durante seis años y le obliga a indemnizar a las víctimas con cantidades que suman 228.200 euros, de los que 124.000 corresponden a los familiares del joven irundarra fallecido.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

Una muerte que conmocionó a los irundarras
La muerte del joven irundarra de 15 años X. J. G. aquel agosto de 2014 tiñó de luto la ciudad fronteriza. Su fallecimiento causó especial conmoción en el barrio de Lapice, donde la víctima residía. El fallecido era el mayor de dos hermanos. En las horas posteriores al suceso, amigos y allegados le recordaban con gran cariño y un inmenso dolor como un chaval «majo, muy alegre y divertido».
Sus amigos ponían de manifiesto la afición que la víctima sentía por la música, especialmente por el 'rap'. «Le gustaba componer letras para canciones», indicó entonces una amiga. Asimismo, el joven era un amante del karate, disciplina que había practicado desde niño.
La víctima había cursado estudios en su etapa de Primaria en el Colegio Dunboa de la ciudad fronteriza y más tarde en el centro escolar Santa Elena. En septiembre de aquel mismo iba a comenzar un grado en el Instituto Bidasoa.
La sentencia que ahora ha dictado el Juzgado de lo Penal número 5 de Donostia ordena que el acusado y la compañía aseguradora de su vehículo indemnicen, «de forma conjunta y solidaria», con 52.724 euros a cada uno de los progenitores del menor fallecido y con otros 19.172 al hermano.

 
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